El 15/09/2022 se celebró Juicio Contencioso Administrativo en Santa Cruz de Tenerife.
Ante la Juez de ese Juzgado participaron en la vista, el letrado Juan Sáez Peláez como demandante a la Comunidad Autónoma de Canarias por la fiabilidad de los test PCr, la abogada de la Comunidad Canaria como demandada y la Perito Naira Chasco Carpio (licenciada en Biología y Dra en Genética) que declara bajo juramento ante la Jueza y lo deja muy claro:
Las pruebas PCr son una herramienta clínica para amplificar material genético, NUNCA para diagnosticar una enfermedad (ni covid).
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Por otra parte hay que saber que:
El artículo 2.4 y el artículo 8 de la ley 41/2002 reguladora de la autonomía del paciente, establece que: ni siquiera bajo el amparo de una crisis sanitaria y sin la oportuna autorización judicial no se puede obligar a nadie a practicar una prueba médica.
Por tanto, cualquiera que lo haga será acusado de un delito de coacciones y un delito de prevaricación; el de coacciones artículo 172 del código penal y el de prevaricación de los artículos 404, 405 y 406, penados con prisión e inhabilitación para el ejercicio de la profesión.
Así que ya sabes, el médico que te obligue a realizar pruebas médicas -que en España son siempre voluntarias bajo consentimiento libre y voluntario del paciente- será acusado de coacciones atendiendo al mencionado artículo 172 del código penal.
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