El gasto que la banda de filoetarras del gobierno de españa ha realizado en “vacunas” covid volverá a superar los MIL MILLONES DE EUROS en 2023.
El gasto total desde 2021 rozará los 5.000 millones de euros.
▪️ Los productos génicos que se han inoculado masivamente a los españoles, de los cuales sus propios fabricantes reconocen que no saben el grado de prevención que aportan, pero sí se conoce la cantidad de efectos adversos que producen, incluyendo la enfermedad grave y la muerte, han supuesto y seguirán suponiendo un colosal gasto para las arcas públicas
▪️ Los 4.724 millones de euros que según el panfleto 20 minutos ha gastado o va a gastar en breve el gobierno español, suponen una cantidad SUPERIOR AL PRESUPUESTO EN SANIDAD DE 13 COMUNIDADES AUTÓNOMAS (todas menos Madrid, Cataluña, Valencia y Andalucía)
▪️ El gasto realizado o previsto por el gobierno español en inoculaciones Covid es SUPERIOR AL PRESUPUESTO DE 15 MINISTERIOS (todos excepto Seguridad Social, Defensa, Transportes, Interior, Transición Ecológica y Educación)
▪️Si tenemos en cuenta que el dinero que el gobierno de Aragón licitó para el nuevo Hospital de Teruel fue de unos 103 millones de euros, podemos afirmar que SE PODRÍAN HABER CONSTRUIDO 46 HOSPITALES en toda España con el dinero regalado a las empresas farmacéuticas a cambio de nada bueno
▪️ Por si fuera poco, España se va ver obligada a DESTRUIR 14 MILLONES DE “VACUNAS” COVID al superarse la fecha de caducidad. El coste podría superar los 218 millones de euros. La parte buena es que si les han sobrado tantas dosis es porque la gente ya no se las pone. Fuente : the objective
El Tribunal de Cuentas Europeo afirma ante el Parlamento la vulneración de las normas en la adquisición de las vacunas de Pfizer al no presentar ninguna documentación.
El Tribunal de Cuentas reconoce que Pfizer negoció en privado con Ursula Von der Leyen sin presentar documentación alguna, contraviniendo la normativa y reconoce las presiones de las farmacéuticas al grupo negociador para evitar responsabilidad por los posibles daños causados.
La eurodiputada francesa V. Joron intervino durante la sesión con el Tribunal de Cuentas:
«En su informe, en las páginas 9 y 10, hablan ustedes de 171 mil millones de euros de contrato para 80 mil millones de dosis.
¿Tienen ustedes documentación que justifique la compra o encargo de esta cantidad de vacunas?
Hay 447 millones de ciudadanos europeos: ¿por qué se han pedido tantas dosis? Francia ya ha tirado 3,6 millones de dosis a la basura.
Ahora están hablando de 30 millones. Un artículo de este verano dice que hay más de 1100 millones de dosis de vacunas que se van a tener que tirar. ¿Esto no es un abuso o desvío de fondos públicos?»
Por si los «verificadores de noticias» tratan de desmentir el documento que prueba que Pfizer sobornó a la FDA para que aprobara su vacuna, aquí va la prueba de que la destinataria del soborno, Marion Gruber, sí trabaja en la FDA:
La ley Trans es un absoluto esperpento que, sin lugar a duda, deja a los hombres a la altura de un estropajo. Quien haya apoyado/votado esto es un desperdicio humano.
Hagamos un pequeño análisis de la misma (todavía estoy alucinando)
La mayor locura de la Ley Trans es que un niño de 12 años de edad puede solicitar su mutación genital sin consentimiento de sus padres 👇
Artículo 19. Atención sanitaria integral a personas intersexuales.
1. La atención sanitaria a las personas intersexuales se realizará conforme a los principios de autonomía, decisión y consentimiento informados, no discriminación, asistencia integral, calidad, especialización, proximidad y no segregación, desde un enfoque despatologizador. Se asegurará, en todo caso, el respeto de su intimidad y la confidencialidad sobre sus características físicas, evitando las exploraciones innecesarias o la exposición del paciente sin un objetivo diagnóstico o terapéutico directamente relacionado. 2. Se prohíben todas aquellas prácticas de modificación genital en personas menores de 12 años, salvo en los casos en que las indicaciones médicas exijan lo contrario en aras de proteger la salud de la persona. En el caso de personas menores entre 12 y 16 años, solo se permitirán dichas prácticas a solicitud de la persona menor siempre que, por su edad y madurez, pueda consentir de manera informada a la realización de dichas prácticas.
Ya no hace falta nada para solicitar el cambio de sexo: ni informe médico,ni psicológico, ni operaciones estéticas, ni vestimenta, ni tan siquiera cambiar el nombre, bastará con decir que eres trans y chinpúm. 👇
Artículo 39. Procedimiento para la rectificación registral de la mención relativa al sexo.
1. La rectificación de la mención registral del sexo se tramitará y acordará con sujeción a las disposiciones de esta ley y de conformidad con lo establecido en la normativa reguladora del Registro Civil para los procedimientos registrales. 2. La solicitud de iniciación de procedimiento para la rectificación registral de la mención relativa al sexo podrá presentarse por la persona legitimada ante la persona encargada de cualquier Oficina del Registro Civil. 3. El ejercicio del derecho a la rectificación registral de la mención relativa al sexo en ningún caso podrá estar condicionado a la previa exhibición de informe médico o psicológico relativo a la disconformidad con el sexo mencionado en la inscripción de nacimiento, ni a la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole. 4. Recibida la solicitud se citará a la persona legitimada para que comparezca, asistida por sus representantes legales en el supuesto del artículo 38.2. En dicha comparecencia, la persona encargada del Registro Civil recogerá su manifestación de disconformidad con el sexo mencionado en su inscripción de nacimiento y su solicitud de que, en consecuencia, se proceda a la correspondiente rectificación. En la comparecencia se deberá incluir la elección de un nuevo nombre propio, salvo cuando la persona quiera conservar el que ostente y ello sea conforme a los principios de libre elección del nombre propio previstos en la normativa reguladora del Registro Civil. En esta comparecencia, también podrá incluir la petición de traslado total del folio registral cuando a su inscripción de nacimiento le sea aplicable la Ley de 8 de junio de 1957, sobre el Registro Civil.
Ahora, si eres trans se pueden aplicar medidas de discriminación positiva para el empleo (plazas reservadas y eso) y tener preferencia. 👇
Artículo 49. Fomento del empleo de las personas trans.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social, considerando las líneas de actuación de la Estrategia estatal para la inclusión social de las personas trans, diseñará medidas de acción positiva para la mejora de la empleabilidad de las personas trans y planes específicos para el fomento del empleo de este colectivo. En la elaboración de dichas medidas o planes, se tendrán en cuenta las necesidades específicas de las mujeres trans.
Ojo, si eres hombre y ahora quieres ser mujer pues «se siente», para ti no hay ayudas ni nada,sigues siendo un hombre. Pero si eres mujer y te sientes hombre sí sigues manteniendo las ventajas, ayudas y beneficios de cuando eras mujer. 👇
Artículo 41. Efectos.
1. La resolución que acuerde la rectificación de la mención registral del sexo tendrá efectos constitutivos a partir de su inscripción en el Registro Civil. 2. La rectificación registral permitirá a la persona ejercer todos los derechos inherentes a su nueva condición. 3. La rectificación de la mención registral relativa al sexo y, en su caso, el cambio de nombre, no alterarán el régimen jurídico que, con anterioridad a la inscripción del cambio registral, fuera aplicable a la persona a los efectos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. 4. La persona que rectifique la mención registral del sexo pasando del sexo masculino al femenino no podrá ser beneficiaria de medidas de acción positiva adoptadas específicamente en favor de las mujeres en virtud del artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, respecto de las situaciones jurídicas anteriores a la rectificación registral.No obstante, la persona que rectifique la mención registral pasando del sexo femenino al masculino conservará los derechos patrimoniales consolidados que se hayan derivado de estas medidas de acción positiva, sin que haya lugar a su reintegro o devolución.
Aqui os dejo la dichosa ley por que queréis leerla entera y atragantaros del todo 👇
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