El caso que se presenta es de una paciente joven con una discopatia degenerativa severa en el último disco lumbar.
Como consecuencia de esto la vida personal de la paciente estaba limitada por el dolor.
Dada la edad de la paciente, y para que recuperara su calidad de vida exponencialmente y sin tener sobrecarga en los discos intervertebrales superiores, se eligió la opción de tratamiento quirúrgico mediante ARTROPLASTIA DISCAL sustituyendo el disco enfermo por una prótesis de disco (M6L).
Tras la cirugía la vida de la paciente ha vuelto a ser la de una persona de su edad, sin limitaciones físicas más allá de las lógicas medidas de higiene postural.
Esta paciente apostó, no solo por curarse del dolor, sino por una vida activa a través de su futuro a largo plazo.
La lordosis fisiológica de la columna y la ausencia de fusión le confieren un prometedor futuro físico en el tiempo.
Se trata de un procedimiento microscópico, efectuado a través de un tubo de metal y con instrumental apropiado.
Es una variante de una técnica descrita por los Drs. Yasargil y Caspar en 1977.
En combinación con la inserción percutanea de implantes transpediculares y de espaciadores intersomaticos, es el gold standard de la cirugía mínimamente invasiva para patología degenerativa discal lumbar.
En este vídeo (y en el siguiente -parte II )se explica: la anatomía del disco intervertebral lumbar, el desarrollo de la enfermedad y finalmente el tratamiento mediante el uso de endoscopio vertebral.
El procedimiento es idéntico a otras cirugías endoscópicas, tales como la artroscopia de rodilla por ejemplo.
Lo que diferencia a la cirugía endoscópica lumbar del resto es que para llevarla a cabo solo se tiene un canal de trabajo.
Con un equipo con una curva de aprendizaje avanzada, el tiempo de duración de la cirugía es limitado
La mejoría de los síntomas que experimenta el paciente tras este tratamiento es instantánea, pudiendo ser dado de alta y abandonar el hospital, por su propio pie, en horas.
La articulación entre el sacro y el iliaco se clasifica como articulación sinovial plana y sindesmosis.
Sus carillas articulares están recubiertas por cartílago hialino y fibrocartílago, por tanto posee una cápsula articular y está estabilizada por ligamentos.
Su principal función es cuando se distrae en el momento del parto, al “abrirse” para que la cabeza del bebé pueda pasar por la pelvis. Esta articulación puede tener inflamación la cual se denomina SACROILEITIS.
La sacroileitis causa dolor y, en ocasiones, provoca minusvalia en la calidad de la vida del que la padece. Las causas por las que aparece la sacroileitis son variadas y no pocas veces se torna crónica.
Una de esas causas puede ser un antecedente de cirugía sobre la columna lumbar en sus últimos segmentos.
El diagnóstico clínico es relativamente sencillo ya que durante la exploración el paciente tiene dolor a “punta de dedo” al tocar la articulación. También sirven como diagnóstico la resonancia magnética o la gammagrafia ósea.
Las opciones de tratamiento son variadas: Desde las opciones conservadoras con medicamentos antiinflamatorios o bien mediante la asociación del tratamiento médico con rehabilitación, infiltraciones locales o mediante la aplicación de radiofrecuencia.
Cuando, tras aplicar alguno de estos procedimientos, el síntoma de dolor no cede, existe la opción de tratamiento quirúrgico. La cirugía logra estabilizar la articulación mecánicamente, con resultado de curación.
Presentamos con este vídeo esta técnica, la cual es percutánea y por tanto mínimamente invasiva.
El Tribunal Supremo de la Sala de lo Penal de Madrid, crea jurisprudencia sobre el uso de arma de fuego ante ataque con arma blanca u objeto peligroso.
Así consta en su sentencia del 19 de abril sobre este hecho, ordenando su inmediata puesta en libertad, “dejándose sin efecto cuantas otras medidas cautelares se hubieran acordado contra él en este procedimiento”.
Destaca este párrafo de la sentencia:
“En cualquier caso, ni siquiera esa mera comparación entre las distintas armas en concurso resulta tan simple como pudiera parecer a primera vista. Es muy cierto, desde luego, que un impacto de bala, con carácter general (aunque no indefectiblemente), puede resultar más lesivo que una cuchillada, ambos golpes recibidos en el mismo lugar del cuerpo. Y, sin duda alguna, el alcance ofensivo del arma de fuego es mayor. Sin embargo, no es preciso imbuirse en manuales relativos a las técnicas de combate o en los que se cuidan de abordar las intervenciones policiales, para comprender que un arma punzante, a corta distancia de la víctima (incluso aún cuando ésta disponga de un arma de fuego, ya cargada y lista para disparar), comporta una situación de riesgo grave para la vida si quien la porta está decidido a emplearla en el ataque. De hecho, la recomendación que encontraremos en ambas clases de estudios, lejos de aconsejar encarar al agresor con el arma de fuego, pasa por tratar de imponer entre el agresor y el atacado una distancia de seguridad suficiente. Se maneja en este contexto la llamada regla de Tueller (en recuerdo del sargento norteamericano que la enunció) o de los 21 pies (6.4 metros). Esta era la establecida como distancia mínima para tener posibilidades defensivas eficaces con un arma de fuego, enfundada y lista para hacer un disparo, frente a un ataque con arma blanca.”
Fuente de la noticia y acceso a la sentencia aquí :